La policía de ese país fue alertada por autoridades del FBI que persiguen la trata de personas.
Por infobae.com
En el norte de Quito, la Policía del Ecuador detuvo a Mayra, de 24 años. La joven será investigada por el delito de trata de personas pues vendía a su hija, una bebé de seis meses, por redes sociales. Según las autoridades, Mayra pedía USD 100.000 por la niña.
La detención fue el resultado del operativo Redención VI, en el que participaron agentes especializados de la Dirección Nacional de Investigación contra la Violencia de Género, Mujer, Familia, Niñez, Adolescencia, Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes (Dinaf). Para detener a Mayra, los uniformados allanaron su vivienda ubicada en Quito Tenis, un sector acomodado de la ciudad.
Esta dependencia policial conoció del caso gracias a una denuncia emitida por el Buró Federal de Investigaciones de Estados Unidos (FBI). Luego de la investigación, que incluyó procesos tecnológicos del Centro Nacional de Menores Explotados y Desaparecidos, la policía ecuatoriana ejecutó el operativo con el apoyo de la Fiscalía General, el departamento de Seguridad Nacional del Gobierno de EE.UU, la organización no gubernamental OUR y el sistema de protección de niños (CPS), una agencia gubernamental en muchos estados de los Estados Unidos responsable de brindar protección infantil.
La bebé rescatada recibirá medidas de protección, según informó la Policía.
El operativo de rescate y detención involucró a agentes especializados de Ecuador y Estados Unidos.
En Ecuador, según el Código Penal, la trata de persona es la acción provocada por una persona o personas que capten, transporten, trasladen, retengan o reciban, en el país, desde o hacia otros países, a personas con fines de explotación. Esta se divide en ocho tipos: para la venta de órganos u otros tejidos, para mendicidad, para formar parte de grupos armados, para matrimonios o uniones concertadas con fines de procreación, para adopción ilegal, para explotación sexual y laboral, entre otras.
La sanción para este delito depende de la gravedad, pero en general se sanciona con prisión de 13 a 16 años. Si la víctima es parte de un grupo de atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad o si entre la víctima y el agresor ha existido relación afectiva, consensual de pareja, conyugal, convivencia, de familia o de dependencia económica o exista vínculo de autoridad civil, militar, educativa, religiosa o laboral; la pena se incrementa entre 16 y 19 años de cárcel. Si la víctima ha sufrido algún daño sicológicos o físicos graves o de carácter irreversible o físico; la sanción es de entre 19 y 22 años de prisión.
Lea nota completa Aquí