El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, ha promulgado la Ley de Coordinación y Armonización Tributaria, que entra en vigencia de forma inmediata este 10 de agosto.
En una transmisión en vivo por Venezolana de Televisión (VTV), el mandatario firmó y dio la orden de ejecutarla en todo el territorio nacional. Maduro destacó que su aprobación se debe al “clamor” de los pequeños, medianos y grandes empresarios y emprendedores.
“Llegó el momento, tenía que llegar. Esta Ley será vital para el desarrollo de la economía del país en los años por venir. La Ley pondrá orden en las entidades en donde se están fijando tributos a consideración, a veces de manera abusiva”, dijo.
Con esta Ley se coordinarán y armonizarán las potestades tributarias que corresponden a los estados y municipios, así como también se prevé la supresión de requisitos y permisos que limiten o tengan efecto para obstaculizar el ejercicio y normal desarrollo de la actividad económica del país.
Esta Ley, dirigida a comerciantes y emprendedores, busca ordenar los procesos tributarios y simplificar trámites administrativos.
Según lo expuesto por la Asamblea Nacional (AN), entre las ventajas de esta ley se destacan las rebajas, de al menos un 30 %, en el impuesto sobre actividades económicas, industriales, comerciales, servicios y similares, para aquellos contribuyentes que realicen actividades permanentes de saneamiento, mantenimiento o mejoras en espacios del municipio, entre otros casos.
También establece una vigencia mínima de 3 años para las licencias o autorizaciones para el ejercicio de las actividades económicas, industriales, comerciales, servicios y similares.
El pasado 18 de julio, el presidente del parlamento, diputado Jorge Rodríguez, indicó que la Ley disminuirá la cantidad de impuestos a pagar. “Viene a poner orden para proteger al ciudadano común, al joven que inicia un emprendimiento, a los comerciantes, empresarios y alcaldes”, comentaba.
Por su parte, el diputado Nicolás Maduro Guerra detalló que se creará el Consejo Superior de Armonización Tributaria, una instancia que promoverá la participación y consulta para el “desarrollo de las políticas orientadas” al instrumento legal.
En una entrevista con nuestra periodista Anaisa Rodríguez, José Grasso Vecchio, cofundador de ICG Consultores, destacó que la Ley es “buena”, pero que es primordial que las autoridades garanticen su aplicación para que pueda cumplir sus objetivos.
La Ley establece que la alícuota del impuesto municipal a la actividad económica de industria, comercio, servicios o similares no podrá superar el 3 % de los ingresos brutos obtenidos, salvo excepciones en la explotación de minas y canteras, servicios y construcción de industria petrolera, servicios de publicidad, venta al por menor y/o mayor de bebidas alcohólicas, expendio de alimentos, bebidas y esparcimiento, bancos comerciales, instituciones financieras, seguros, administradoras y actividades similares, venta de joyas, relojes y piedras preciosas, y fabricación de licores, tabacos, cigarrillos y derivados, donde puede llegar hasta el 6,5 %.
Asimismo, se amplía la vigencia mínima de las licencias de actividades económicas, comerciales, industriales, de servicios y similares, que ahora tendrán una vigencia de tres años, contados a partir de la fecha de su emisión.