El Tribunal General de la Unión Europea rechazó el recurso de Venezuela contra las sanciones impuestas por la UE en 2017 debido a la violación de los derechos humanos y el menoscabo de la democracia en el país. En su sentencia, el tribunal desestimó todas las alegaciones de Venezuela, incluyendo el argumento de que el país tiene derecho a que el Consejo de la UE escuche sus argumentos antes de imponer sanciones. El tribunal consideró que esto implicaría negociaciones internacionales con Venezuela, lo cual no es el objetivo de las sanciones.
Las sanciones impuestas por la UE consisten en la prohibición de exportar a Venezuela equipos que se puedan utilizar para la represión interna y servicios relacionados con equipos militares. Debido a que estas sanciones son de tipo general y no individuales, Venezuela no tiene el derecho de que el Consejo escuche previamente sus argumentos. El tribunal también señaló que el Consejo de la UE motivó ampliamente la adopción de las sanciones y consideró que los actos de violencia y el uso excesivo de la fuerza, así como las violaciones de los derechos humanos y el menoscabo de la democracia en Venezuela estaban suficientemente acreditados.
Además, el tribunal rechazó el argumento de que el Consejo de la UE necesitaba el consentimiento previo de la ONU para adoptar las sanciones. También desestimó los argumentos de Venezuela de que las medidas restrictivas incumplen los acuerdos de la OMC y que se tratan de medidas extraterritoriales, ya que estas medidas se refieren a personas y situaciones sometidas a la jurisdicción de los Estados miembros.
Esta es la segunda vez que el Tribunal General de la Unión Europea se pronuncia sobre este recurso. En 2019, desestimó el caso, pero Venezuela recurrió el fallo ante el Tribunal de Justicia de la UE y este le devolvió el dossier, pidiéndole que volviera a pronunciarse sobre el fondo del asunto.