La Asamblea Nacional (AN) de 2015 ha publicado en Gaceta Legislativa la Ley de Reforma del Estatuto que rige la Transición a la Democracia para Restablecer la Vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta ley extiende la vigencia de la Asamblea Nacional por 12 meses más, a partir del 5 de enero de 2024.
La aprobación de este instrumento legal se realizó en sesión privada vía internet el 15 de diciembre. Según el diputado de Voluntad Popular (VP), Macario González, todos los diputados de 2015 fueron convocados y se alcanzó el quorum reglamentario, aunque no se conoce la votación con la que se aprobó.
El artículo 7 del Estatuto sobre la continuidad constitucional establece que la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015 seguirá ejerciendo sus funciones a través de la Comisión Delegada durante 12 meses más, a partir del 5 de enero de 2024. Esta información fue publicada en la Gaceta Legislativa número 76.
Entre las competencias ratificadas de la AN de 2015, según el artículo 8 del Estatuto, se encuentran la continuidad de las funciones del Poder Legislativo Nacional, la protección de los activos de la República en el exterior a través del Consejo de Administración y Protección de Activos, la promoción de la transición a la democracia y la autorización de recursos necesarios para cumplir con los objetivos de la ley. Además, se mantiene la función de gestionar la cooperación financiera internacional para la transición democrática y la reversión de la emergencia humanitaria, entre otras.
Según el artículo 11, la AN de 2015 también tendrá la facultad de designar representantes internacionales en defensa de los derechos humanos, lucha contra la corrupción, migración y protección de activos para Estados Unidos, Reino Unido y otros países donde sea necesario.
Además de mantener el Consejo de Protección de Activos, también se mantienen vigentes por 12 meses más el Consejo para la Administración del Programa de Gastos, Seguridad y Defensa de la Democracia, así como la junta directiva ad hoc del Banco Central de Venezuela (BCV) y la junta de administración ad hoc de Pdvsa.
El artículo 6 del Estatuto ratifica que las elecciones presidenciales del 20 de mayo de 2018 y las parlamentarias del 6 de diciembre de 2020 no fueron legítimas, por lo que todos los actos emanados de dichos eventos son nulos e ineficaces según la Constitución.
La exposición de motivos de la ley justifica la continuidad de la Asamblea Nacional debido a la situación de crisis política e institucional en el país, donde se mantiene la usurpación por parte del régimen de Nicolás Maduro y no existen garantías democráticas.
Esta es la cuarta vez que se extiende la vigencia de la Asamblea Nacional de 2015 hasta que se celebren elecciones libres en Venezuela. También es el segundo año desde que se eliminó el gobierno interino presidido por Juan Guaidó en 2019, cuando la AN de mayoría opositora declaró la vacante absoluta del cargo de presidente de la República al desconocer los comicios de 2018.
Además de la Ley de Reforma del Estatuto, también se publicó la reforma parcial de la Ley Especial del Fondo para la Liberación de Venezuela y Atención de Casos de Riesgo Vital, que extiende su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta ley permite que la AN de 2015 autorice los gastos necesarios para cumplir con el Estatuto de Transición.
Se espera que el 5 de enero se instale la AN de 2015 para iniciar el período 2024 y nombrar a su junta directiva. Cabe destacar que también se instalará ese día la AN de 2020, con mayoría del chavismo, que tiene el control del Palacio Legislativo.
El debate y la aprobación de la continuidad de la Asamblea Nacional en sesión privada generan dudas sobre las condiciones en las que se realizó. El Reglamento Interior y de Debates de la AN establece que todas las sesiones deben ser públicas, pero pueden declararse privadas o secretas con la mayoría absoluta de los presentes.
En resumen, la Asamblea Nacional de 2015 ha extendido su vigencia por 12 meses más a través de la Ley de Reforma del Estatuto. Esta ley ratifica las competencias de la AN de 2015 y permite el funcionamiento de diversos consejos y juntas directivas ad hoc. La continuidad de la Asamblea Nacional se justifica por la crisis política e institucional en el país, donde no existen garantías democráticas.