Modifican Requisitos de Refugio y Reconducción en Chile Por: Braulio Jatar El 20 de febrero de 2024, se marcó un hito en la legislación chilena con la publicación en el Diario Oficial de la Ley N° 21.655.
Esta normativa, que forma parte de la agenda corta en seguridad del gobierno actual, introduce reformas significativas en la Ley de Refugio 20.430 y complementa la Ley de Migración 21325, especialmente en lo concerniente al procedimiento de Reconducción Inmediata.
Cambios Fundamentales en la Solicitud de Refugio
La nueva ley establece importantes modificaciones en el proceso de solicitud de refugio, siendo las más destacadas:
- Restricciones para el Reconocimiento: Ahora, sólo quienes lleguen directamente desde un territorio donde su vida o libertad esté amenazada serán reconocidos como refugiados. Se consideran viajes con escalas, siempre que la estancia en terceros países no exceda los 60 días. Excepcionalmente, este plazo podrá ser ampliado por el subsecretario del Interior.
- Restricciones de Circulación: Se aplicarán restricciones a los solicitantes de refugio que ingresen al país irregularmente, especialmente a través de redes de trata y tráfico.
- Rechazo de la Solicitud: En caso de rechazo, el solicitante deberá abandonar voluntariamente el país, a menos que exista una causa legal que justifique su permanencia.
- Nuevos Requisitos: Se considerarán nuevos antecedentes en la solicitud, como el peligro inminente en el país de origen, la no existencia de solicitudes similares en otros estados, y los medios utilizados para salir del país de origen y entrar a Chile.
- Plazo de Presentación: La solicitud debe presentarse dentro de los 7 días hábiles siguientes al ingreso al país, con posibles modificaciones si el solicitante enfrenta riesgos para su vida, libertad o integridad física.
- Procedimiento de Entrevista: Se establece un plazo máximo de 20 días hábiles para realizar la entrevista por parte de la Secretaría Técnica de la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado, tras lo cual se revisarán los antecedentes presentados.
- Visa de Solicitante de Refugio: Se otorgará una visa al solicitante y su familia si la solicitud es acogida a trámite, notificando a organismos internacionales para asistencia humanitaria.
Modificaciones en el Procedimiento de Reconducción Inmediata
Además, la ley introduce cambios en el procedimiento de Reconducción Inmediata, ampliando su alcance y fortaleciendo las medidas contra la migración irregular:
- Ampliación de los Límites: Se extiende a 10 kilómetros desde las fronteras terrestres y marítimas hacia el interior del país el área de aplicación de este procedimiento.
- Aplicación Post-Ingreso: Ahora se aplicará también a quienes ya hayan ingresado al país, no solo a los que sean sorprendidos ingresando.
- Registro de Personas: Además de la identificación, las personas serán registradas en el proceso.
- Plazo para la Prohibición de Ingreso: El SERMIG tendrá un año para dictar la Prohibición de Ingreso, sin que la falta de dictación deje sin efecto esta medida.
Estas modificaciones legales por parte del estado chileno busca desestimular el ingreso irregular y normalizar la situación migratoria y de refugio en el país, para lo cual es necesario un equilibrio entre la seguridad nacional y la protección de los derechos humanos.
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