La Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo este lunes, determinando que el expresidente Donald Trump cuenta con inmunidad parcial para ser procesado por acciones realizadas durante su mandato en la Casa Blanca.
El tribunal concedió a Trump “inmunidad absoluta contra el procesamiento penal” por aquellas acciones oficiales llevadas a cabo durante su presidencia. Sin embargo, se estableció que carece de inmunidad en el caso de acciones no oficiales.
La decisión fue tomada por los magistrados de la Corte Suprema, con una mayoría conservadora de 6 votos a favor y 3 en contra. El presidente del tribunal, John Roberts, afirmó que la inmunidad del expresidente debe ser absoluta en relación con sus actos oficiales, pero no se extiende a sus actos no oficiales, ya que “no todo lo que hace es oficial”.
Tras el veredicto, Trump celebró la decisión como una “gran victoria para nuestra Constitución y democracia” en un mensaje publicado en su red social Truth Social.
Donald Trump, quien siempre ha declarado su inocencia, enfrenta tres casos penales. El primero está relacionado con sus denuncias de fraude electoral en las elecciones de noviembre de 2020 y el asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021.
Los fiscales federales lo acusan de presionar a funcionarios para revertir los resultados de las elecciones, difundir mentiras sobre un fraude electoral y tratar de explotar los disturbios en el Capitolio para mantenerse en el poder, lo que ha resultado en cuatro cargos penales en su contra.
Otro caso se refiere a las elecciones de 2020 en Georgia, donde Trump perdió por un margen estrecho. En este caso, el expresidente y otras 18 personas enfrentan cargos por conspirar para revertir la derrota de manera ilícita.
El tercer caso involucra documentos clasificados de la Casa Blanca que Trump habría llevado a su residencia en Mar-a-Lago después de dejar el cargo. Se investiga si obstruyó los esfuerzos del FBI para recuperar los archivos y la investigación criminal sobre su manejo de los mismos, lo que podría acarrear cargos por retención intencional de información de defensa nacional según la Ley de Espionaje.
Con información de efectococuyo.com
Esta entrada ha sido publicada el julio 1, 2024 2:30 pm
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