La Corte de Apelaciones de Santiago ha decidido llevar a juicio a los agentes de la DINA, Miguel Krassnoff Martchenko y Rolf Wenderoth Pozo, por su implicación en el secuestro de Macarena Aguiló Marchi, ocurrido en abril de 1975, cuando la víctima solo tenía tres años de edad.
La Novena Sala del tribunal de alzada ha revocado la resolución que cerraba la investigación y ha ordenado una serie de diligencias para establecer la responsabilidad de más agentes estatales en la privación de libertad de la menor.
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Macarena Aguiló Marchi era hija de los miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Hernán Aguiló Martínez y Margarita María Honoria Marchi Badilla.
La menor fue secuestrada el día 2 de abril de 1975 junto con su tía Gladys Fernández García por tres agentes del Estado pertenecientes a la DINA.
Fue llevada al domicilio de Elsa Oróstica y Mamerto Silva en Santiago, donde los agentes montaron una “ratonera” para capturar al padre de la niña, quien era intensamente buscado.
El abuelo paterno de la niña, Jorge Aguiló García, se presentó en la morada el 3 de abril y encontró a una agente a quien preguntó cuánto tiempo iban a tener detenida a la menor.
La mujer respondió que no sabía y Aguiló constató que la menor no se daba cuenta de lo que sucedía. El 4 de abril, el abuelo volvió a la morada y se llevó a la niña a Villa Grimaldi.
Los hechos demuestran que los agentes decidieron devolver a la niña cautiva desde Villa Grimaldi a la morada de Elsa Oróstica con el fin de prender al padre.
Luego de montar con la niña “la ratonera” tanto en El Tambo como en la morada de Elsa Oróstica para sorprender a Hernán Aguiló, al no obtener resultado, decidieron cruelmente llevarse a la niña y ocultar su actuar criminal inventando la información inverosímil que daba cuenta que personal de Carabineros había encontrado a Macarena Aguiló vagando en la calle.
La menor fue recogida y trasladada al Hogar de Carabineros, ubicado en calle Manuel Montt, desde donde fue rescatada en precaria condición de cuidado personal por el abogado Horacio Alvaro Varela, la asistente social María Luisa Sepúlveda y el abuelo Jorge Aguiló García con fecha 22 de abril de 1975.
Este fallo unánime es un paso importante en la lucha contra la impunidad en Chile y demuestra que se está trabajando por hacer justicia en casos emblemáticos como este.
Esperamos que se sigan realizando investigaciones y se lleve ante la justicia a todos aquellos que participaron en violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.