Un tribunal en Japón ha declarado inconstitucional la postura del gobierno que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo. A pesar de este dictamen, el Ejecutivo japonés aún no ha tomado medidas para modificar la normativa y reconocer estas uniones.
El Tribunal Superior de Fukuoka se suma a otros tribunales superiores que han declarado que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional. Aunque confirmó el fallo de un tribunal menor, desestimó la demanda de daños y perjuicios de los demandantes.
La demanda fue presentada por tres parejas del mismo sexo que viven en las prefecturas de Fukuoka y Kumamoto. Argumentaron que la negación del matrimonio del mismo sexo viola la Constitución.
Este fallo se produce después de otro dictamen en octubre pasado, donde un tribunal superior japonés también declaró inconstitucional la falta de reconocimiento legal del matrimonio entre personas del mismo sexo en el país.
La batalla judicial se basa en dos artículos de la Constitución japonesa. Los demandantes se basan en el artículo 14, que establece la igualdad ante la ley y la no discriminación. Mientras que el gobierno argumenta que la Constitución no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, ya que el artículo 24 define el matrimonio como entre un hombre y una mujer.
A pesar de las sentencias favorables a la inconstitucionalidad de la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo, ninguno de los tribunales ha otorgado compensación económica a los demandantes.
Japón es el único país del G7 que aún no ha legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles, a pesar de la presión de la comunidad LGTB en el país.