El ministro del Trabajo, Francisco Torrealba, se pronunció a través de sus redes sociales sobre el aumento del ingreso mínimo mensual de los trabajadores, el cual incluye un monto de 40 dólares indexados por concepto de cestaticket.
En este sentido, Torrealba enfatizó que este monto también debe ser pagado por el sector privado, y que no es necesario esperar la publicación en la Gaceta Oficial para hacerlo. En una entrevista para Unión Radio, el Ministro explicó que los empleadores deben consultar el valor del dólar establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV) cada mes y depositar el equivalente en bolívares.
El Ministro del Trabajo dejó claro que, en caso de que a los trabajadores no se les haya pagado el cestaticket indexado durante el año 2023, se les debe pagar el retroactivo correspondiente. Según sus palabras: “Te lo deben, todo lo que no te hayan pagado que te correspondía, te lo deben”.
Torrealba también hizo hincapié en que no es necesario esperar una publicación mensual en la Gaceta Oficial para realizar el pago del cestaticket, ya que el presidente Nicolás Maduro hizo público el aumento el 1 de mayo de 2023. El Ministro explicó que el cestaticket corresponde a 40 dólares calculados a la tasa del Banco Central y que los empleadores deben consultar el valor del dólar en la página del BCV y pagar en bolívares.
El Ministro del Trabajo señaló que ningún trabajador recibe el salario mínimo en el país y destacó que más de tres millones 300 mil empleados del sector público, así como más de cinco millones de pensionados y más de tres millones de jubilados, se verán beneficiados con este aumento.
En resumen, el ministro Francisco Torrealba ha dejado claro que el aumento del ingreso mínimo mensual, que incluye un monto de 40 dólares indexados por concepto de cestaticket, debe ser pagado tanto por el sector público como por el sector privado. Además, ha destacado que no es necesario esperar una publicación mensual en la Gaceta Oficial para realizar el pago y que, en caso de no haberse pagado el cestaticket indexado en el año 2023, se debe pagar el retroactivo correspondiente.