La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha declarado inadmisible el recurso de revisión presentado por el excandidato presidencial Enrique Márquez contra la sentencia que ratificó los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral (CNE) en las elecciones del 28 de julio, donde Nicolás Maduro resultó ganador.
En una decisión emitida el 11 de octubre, el TSJ reafirmó la sentencia Nº 031 del 22 de agosto de 2024 de la Sala Electoral, destacando que el proceso del recurso contencioso electoral se llevó a cabo de manera impecable y con todas las garantías necesarias.
La Sala Constitucional subrayó la autoridad de la Sala Electoral para investigar y verificar los resultados electorales, así como la importancia del control jurisdiccional que ejerce el Tribunal Supremo de Justicia sobre las acciones del CNE.
La solicitud presentada por Enrique Márquez el 25 de septiembre, respaldada por dirigentes disidentes del chavismo y del Partido Comunista de Venezuela (PCV), fue declarada inadmisible por la Sala Constitucional.
Según la resolución, el peritaje realizado por la Sala Electoral para validar la reelección de Maduro fue impecable y garantizó la integridad del proceso electoral.
La sentencia reafirmó que la voluntad del pueblo venezolano se expresó de manera clara en las elecciones del 28 de julio de 2024 y certifica la reelección del presidente.
El TSJ también recordó que todo el material electoral está resguardado por el tribunal, lo que impide el acceso a las actas de votación de cada centro, una solicitud de la comunidad internacional para verificar los resultados.
La sentencia del 11 de octubre será remitida al fiscal Tarek William Saab para su incorporación en las investigaciones penales en curso, relacionadas con presuntos delitos como usurpación de funciones, forjamiento de documentos, entre otros.