Nueva Esparta: Condenan a 28 años de cárcel a hombre por violencia sexual. Detalles de la LOPNNA y Ley de la Mujer.
Nueva Esparta: Condenan a 28 años de cárcel a hombre por violencia sexual
En un fallo que refuerza la protección a las víctimas vulnerables en la entidad insular, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer dictó una sentencia de 28 años de cárcel contra un ciudadano por el delito de violencia sexual agravada en grado de continuidad.
Detalles Jurídicos del Fallo
La sentencia se produjo tras una audiencia preliminar donde la contundencia de las pruebas llevó a la aplicación de la pena máxima bajo los siguientes fundamentos legales:
- Violencia Sexual Agravada: Según el artículo 57 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
- Explotación Sexual Infantil: Enmarcado en el artículo 258 de la LOPNNA, lo que agravó significativamente la condena.
- Continuidad Delictiva: Se aplicó el artículo 99 del Código Penal, al demostrarse que el agresor cometió los actos en reiteradas ocasiones.
La Comisión de Género del estado destacó que este resultado es fruto de la articulación entre los órganos de justicia y las denuncias oportunas, instando a la colectividad a seguir visibilizando y reportando estos casos para erradicar la impunidad.



