La Corte Constitucional de Colombia ha tomado una decisión trascendental al establecer que la edad mínima para contraer matrimonio en el país es de 18 años, declarando que dos artículos del Código Civil eran incompatibles con la Constitución de 1991, por lo que los mismos son inexequibles. Esta determinación fue anunciada recientemente por el alto tribunal, que destacó que el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre menores de 18 años son contrarios a la Carta Magna y a la Convención Contra la Discriminación Contra la Mujer.
La Corte Constitucional de Colombia ha instado a las autoridades a diseñar políticas dirigidas a erradicar por completo el matrimonio infantil en el país. Esta medida va más allá de simplemente declarar las normas inconstitucionales, ya que busca implementar estrategias concretas para prevenir y eliminar esta práctica nociva que afecta a niñas y adolescentes. Asimismo, se ha ordenado a la Defensoría del Pueblo identificar las zonas con mayor incidencia de matrimonio infantil para llevar a cabo campañas de concientización y promoción de los derechos de las niñas y adolescentes.
En Colombia, el matrimonio infantil es un problema grave que afecta a muchas niñas y adolescentes, ubicando al país en el puesto 20 a nivel mundial en uniones de menores antes de los 15 años. Es alarmante la situación de las niñas indígenas, ya que cerca de un tercio de ellas son casadas antes de cumplir la mayoría de edad con hombres mucho mayores, lo que conlleva a situaciones de violencia sexual, embarazos tempranos y abandono escolar.
En este contexto, la decisión de la Corte Constitucional de Colombia representa un avance significativo en la protección de los derechos de las niñas y adolescentes, así como en la lucha contra el matrimonio infantil en el país. Es fundamental que se continúen implementando medidas concretas y efectivas para erradicar esta práctica nociva y garantizar un futuro más seguro y prometedor para las generaciones venideras.